14491392796790El Impuesto de plusvalía municipal que están recaudando los Ayuntamientos es de legalidad más que dudosa, y así lo están reconociendo en los tribunales 

La presión impositiva que sufrimos es tremenda. No paramos de pagar impuestos para ver cómo se derrocha en múltiples instituciones solapadas. Muchos de los impuestos son conceptualmente una aberración. Nunca he entendido que haya que pagar el Impuesto de sucesiones o el Impuesto de Patrimonio. En ambos casos es un dinero que ya ha pagado muchos impuestos para generar un patrimonio que quieren esquilmar.

El Impuesto de Plusvalía Municipal de los Ayuntamientos es otro de complicado entendimiento. Como su nombre indica, lo que se grava es la revalorización de los terreros por parte de los Ayuntamientos en el momento de la venta de un inmueble. En tiempos del boom inmobiliario y de locas subidas de precios del sector inmobiliario, podía llegar tener sentido. Sin embargo, muchas de las ventas que se están realizando ahora son con importantes minusvalías por la bajada del valor de los inmuebles.

Sin embargo, los Ayuntamientos siguen cobrando el Impuesto de Plusvalía con cuantías muy importantes aunque tengamos minusvalías en nuestra venta. Cuando los clientes nos preguntan a la hora de vender un inmueble cuánto tendrían que pagar de Plusvalía Municipal, su respuesta suele ser “No, vuelve a calcularlo que te has tenido que equivocar”. Me temo que no, son cantidades aberrantes para operaciones con pérdidas pues el Ayuntamiento lo calcula sobre valores catastrales y no sobre valores  reales de venta.

Pues parece que a los Ayuntamientos se les está acabando está financiación ilegal. Ya son varias las resoluciones de instancias judiciales que están declarando ilegales estos impuestos. Adjuntamos un link de una de ellas por la que Eroski gana un pleito de 900.000 euros al Ayuntamiento de Leganés

http://cincodias.com/cincodias/2016/05/04/economia/1462385613_747490.html

Y hoy tenemos otra gran noticia, el Tribunal Constitucional ha publicado  una sentencia que anula parcialmente el tributo y veta que se aplique cuando se registran pérdidas. El Constitucional considera que el impuesto de plusvalía es contrario a la Carta Magna. Si bien la sentencia hace referencia a una norma foral, el efecto de su decisión será generalizado porque la misma norma que ahora ha tumbado el TC aparece en la Ley de Hacienda Locales. El Gobierno deberá abordar una reforma en profundidad de este impuesto municipal para que no actúe en operaciones en las que se hayan producido minusvalías. La sentencia no declara inconstitucional el impuesto en su totalidad, sino únicamente los artículos que «someten a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económicas, impidiendo a los sujetos pasivos que puedan acreditar esta circunstancia”. Aquí dejamos la sentencia

http://cd00.epimg.net/descargables/2017/02/17/ee6cc8cdacaa8dde3ce00bdd47dce533.pdf

La justicia en esta ocasión cumple con su función. Los Ayuntamientos deberían actuar con integridad. Al igual que piden a los Bancos que devuelvan ellos mismos las cláusulas suelo cobradas, deberían aplicarse el cuento y devolver de oficio las cantidades cobradas indebidamente. No lo van a hacer, por lo que aconsejamos reclamar si ha pagado la plusvalía municipal con minusvalías en la operación.